El pasado 30 de marzo pudimos ver publicado en el BOE el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, en el que se desgranan una serie de medidas en respuesta a las consecuencias de la guerra de Ucrania. Sorpresivamente, en este texto normativo, en el punto 1 de la disposición final cuarta, se elimina de un plumazo, la autorización administrativa para la instalación de plantas de regasificación destinadas a alimentar la generación eléctrica, a puertos y a buques.
Para tener una idea en su justa medida de lo que significa eliminar la autorización administrativa para una instalación gasística, basta acudir a la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, para comprobar en el artículo 67, como al suprimir esta necesidad, los solicitantes de estas instalaciones dejan de tener que acreditar lo siguiente:
a) Las condiciones técnicas y de seguridad de las instalaciones propuestas.
b) El adecuado cumplimiento de las condiciones de protección del medio ambiente.
c) La adecuación del emplazamiento de la instalación al régimen de ordenación del territorio.
d) Su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.
En definitiva, todo un despropósito, administrativo, medioambiental y de seguridad jurídica que no termina de entenderse, dentro de una concepción medianamente coherente, en una sociedad occidental, desarrollada y democrática que quiera ser garante de los derechos de su ciudadanía.
Desde el Foro Contra el Gas nos preguntamos que aparte de los presuntos pelotazos empresariales que algunos podrían dar, cuáles son las razones últimas que se esconden detrás de una medida tan radical y sobre todo viniendo de un grupo político que ha declarado en multitud de veces su animadversión al gas. Pues bien, una posible respuesta la podemos encontrar en la estrategia de la generación gestionable de Canarias, recientemente publicada por el Gobierno Autónomo en la que se puede apreciar como la vida útil de los parques de generación eléctrica está en su última fase.
En Tenerife se estima que con anterioridad a 2030 debería producirse la parada de 12 unidades de generación, de las que 7 ya superaron su vida útil regulatoria antes de 2020. Más allá de dicho horizonte, la situación se mantendría con los 5 grupos restantes, debiéndose parar el primero tras el año 2030, el segundo a partir de 2031, dos más después de 2035 y al año siguiente la turbina de vapor restante. A partir del año 2037 no existiría generación térmica convencional en la isla.
En la isla de Gran Canaria dejarían de funcionar un total de 12 unidades de generación térmica antes del año 2030, y continuaría reduciéndose la potencia disponible de categoría A hasta que en el año 2038 se produzca el desmantelamiento del grupo de vapor 4 asociado al ciclo combinado de la central de Barranco de Tirajana, momento a partir del que no se dispondría de generadores de clase A en la isla.
En la isla de Lanzarote, si en la actualidad existen 13 unidades diésel y turbinas de gas en operación, para el año 2030 sólo mantendrían la condición de cumplimiento del criterio de vida útil regulatoria 2 generadores diésel cuya potencia suma 35,2 MW, y que finalizarían su vida útil regulatoria en el año 2031.
Y así podríamos seguir con el resto de las islas.
Ante esta debacle, lo primero que habría que preguntarse es dónde queda la capacidad de planificación del regulador responsable de todo este desaguisado, para acto seguido, y aquellos que apostamos por las renovables, preguntarnos si hay inteligencia en los estamentos gubernamentales, al no haber mirado hacia el sector de las energías limpias.
Alguien podría pensar que, si se elimina la autorización administrativa para el gas, ¿por qué no se hace para las renovables? Pues evidentemente porque si este desmantelamiento de la función administrativa es una aberración para un caso, también lo sería para el otro.
Para nosotros, la solución está en una transición acelerada hacia las renovables y, visto los datos aportados acerca de la vida útil de la generación en las islas, lo de “acelerada” cobra aún más peso si cabe. Esta transición acelerada no pasa por cortocircuitar a los órganos garantes para que las tramitaciones se realicen ajustadas a normativa. Pasan por dotar a las administraciones de los medios necesarios para que todos los trámites se resuelvan en tiempo y forma. No puede ser que veamos en IDECanarias que hay parques eólicos en tramitación desde el 2007 y estén pendientes de resolución. Las administraciones deberían de convertirse en catalizadores que dinamicen esa transición acelerada y no que sean el principal escollo de esta.
No es cierto que las renovables no son lo suficientemente maduras para coger el testigo de la generación eléctrica en Canarias.
No es cierto que se necesita una transición energética antes de llegar a las renovables.
No es cierto que el gas es la solución transitoria antes de la llegada del hidrógeno verde.
Nada de eso es cierto, porque la apuesta por las renovables es ahora o nunca, porque si entra el gas en Canarias, entrará para quedarse muchos años, los que la rentabilidad económica marque para que el proyecto sea viable.


