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El caso de las centrales hidroeléctricas reversibles en Gran Canaria se está convirtiendo en el tema que mayor cantidad de bulos, falsedades y medias verdades a generado en los últimos tiempos y como era de esperar el tema del agua es también protagonista de estos infundios.

Recientemente los medios canarios han publicado la previsión que hace el Plan Insular de Ordenación del Cabildo de Gran Canaria, de considerar determinadas presas de la isla, como susceptibles de ser utilizadas para la generación hidroeléctrica, que, dado el carácter de no fluencia permanente de nuestros barrancos, estaríamos hablando de centrales hidroeléctricas reversibles con aportación de agua desalinizada. Pues bien, ya han salido las voces agoreras que bien por desconocimiento o bien por mala fe, señalan a los ocupantes actuales del órgano rector de la isla, como los protagonistas de un nuevo latrocinio de las aguas de las islas, al plantear esta previsión, por dejar en manos de Red Eléctrica de España el control de dichas aguas, dejando a sus “legítimos” usuarios si este preciado bien.

Lo primero que hay que decir es que los primeros esbozos de este plan se remontan a principios de siglo y que las diferentes administraciones que han ido ocupando el gobierno del cabildo, han considerado la necesidad de tener en cuenta este aspecto, por cuestiones obvias de necesidad. No es vano el Plan Hidrológico de Tenerife, contempla una serie de ubicaciones para las instalaciones de centrales hidroeléctricas reversibles, que van encaminadas a mantener la misma postura que la planteada por el PIO de Gran Canaria.

Lo segundo que hay que decir es que el gobierno estatal, el gobierno de Canarias, el cabildo y REE han considerado que cada una de las ubicaciones deben de tener un régimen económico y funcional concreto y así ha salido la Orden Ministerial oportuna para regular estos aspectos en el caso del Salto de Chira. Por tanto, ahora mismo, de lo que se puede hablar sobre el destino de las aguas, es de este caso en concreto y en las “Alegaciones al proyecto de orden por la que se aprueba la metodología de cálculo de la retribución de la central hidráulica reversible de Chira Soria” del 4 de marzo de 2022”, REE hace una serie de consideraciones con respecto a estos excedentes:

– No se produce venta de agua, una figura incompatible con la actividad del Operador del Sistema. Visto desde un punto de vista contable, el resultado de la “cuenta de explotación de la EDAM” siempre será cero.

– El modelo retributivo propuesto sólo contempla las necesidades de agua requeridas para el funcionamiento de la central, esto es, la necesaria para el llenado inicial de los vasos y la que se precisará para reponer las mermas (pérdidas por evaporación e infiltración) de las “aguas propias de REE”, que se produzcan en los embalses a partir de entonces.

– El Consejo Insular de Aguas tiene derecho a disponer del agua excedentaria disponible haciéndose cargo del coste de su producción, lo cual implica que se podrían dar escenarios en los que esta agua no fuera reclamada o lo fuera en su totalidad y por lo tanto la estación desalinizadora limitaría su producción a la estrictamente necesaria para mantener el nivel mínimo de operación que garantice en todo momento la plena operatividad de la central.

En definitiva, el uso que se hace del agua se reduce escrupulosamente al necesario para el funcionamiento de la central eléctrica reversible, siendo este su único cometido, excluyendo cualquier otro uso industrial o mercantil que se pudiera dar, entre otras cosas, porque la normativa que regula las actuaciones del operador del sistema lo impiden y proporcionan una razón más para que este sea el que se encargue de realizar la obra y explotarla.

Es curioso  que los autores de estos bulos reclamen continuamente que no se ha producido un debate en el seno de la sociedad sobre la instalación de El Salto de Chira y luego se dediquen a difundir falsedades y juicios de valor que carecen del más mínimo rigor para ser considerados una parte solvente de una postura medianamente sensata.

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